De acuerdo a lo definido en la Ley Ley 1757 de 2015, el control ciudadano es el derecho y deber que tiene la ciudadanía para participar de manera individual o colectiva en el ejercicio de control social y vigilancia a la gestión pública y el adecuado uso de los recursos y bienes públicos.

Este mecanismo de participación también se conoce como Veedurías Ciudadanas que se conforman como organizaciones ciudadanas o comunitarias, que representan de manera democrática a la ciudadanía en general, en el ejercicio de vigilancia y control social, de acuerdo a lo establecido en la Ley 850 de 2003.

A continuación encontraras información relacionada a está estrategia:

1. Modalidades de control social.

2. Convocatorias a control social

  • Se invita a la ciudadanía a ejercer su derecho de vigilancia y control social. Para la ciudadanía que desea hacer parte de las Veedurías ciudadanas invitamos a conocer e Plan Nacional de Formación para el Control Social a la Gestión Pública – que es la herramienta dispuesta por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), para preparar a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la gestión pública.

3. Objetos de vigilancia

El proyecto de inversión se define como el conjunto de actividades que se desarrollan en un periodo determinado, en el cual se involucran recursos (financieros, físicos, humanos, etc.) con el propósito de transformar una situación problemática de una población específica. El resultado es una situación en la que esa problemática se elimina o se reduce.

Como instrumento, tiene un carácter dinámico y flexible que contribuye a la asignación eficiente de recursos y al fortalecimiento de la programación de la inversión pública; por tanto, la información reportada debe ser confiable, verificable, coherente, pertinente y oportuna.

4. Informes del interventor o el supervisor

5. Facilitar herramienta de evaluación de las actividades.

  • En este espacio se publican herramientas de evaluación de los ejercicios de control social en la medida en que se vayan realizando.

6. Publicar el registro de las observaciones de las veedurías.

7. Acciones de mejora.

  • Aún no se han implementado acciones de mejora como resultado de la gestión de este mecanismo de participación.

Si has identificado alguna problemática u oportunidad de mejora en la que la Orquesta Filarmónica de Bogotá tenga potestad, favor coméntanos a través del correo: atencionalciudadano@ofb.gov.co